BOLETÍN 068: CITACIÓN ASAMBLEA GENERAL 2017 - 30 DE MARZO 2017

CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
BOLETÍN Nº 068

Buenas tardes apreciados vecinos de Madera Natural


Compartimos con todos ustedes la citación a la asamblea general de copropietarios que se llevará a cabo el próximo jueves 30 de marzo de 2017 en el salón social del Conjunto Residencial Madera Natural ubicado en la Carrera 44 # 26-51, Bello - Antioquia.


Adjuntamos la citación que se ha estado entregando de forma a física a los residentes de cada apartamento que adicional al orden del día y consideraciones de la asamblea, incluye también el formato para los delegados.


Les recordamos que los propietarios que no acudan a la asamblea ni envíen un delegado previamente autorizado (hasta un día antes de la asamblea) por escrito, se harán merecedores de una multa que corresponde a una (1) cuota de administración de acuerdo a lo descrito en el manual de convivencia.



Invitación:


Invitamos a todos(as) los(as) copropietarios(as) a postularse como integrantes de los diferentes organismos de control y apoyo de la copropiedad (Consejo de Administración y Comité de Convivencia) y así puedan ser parte de la solución y ayuden a construir la copropiedad que tod@s queremos.



Recordamos algunos aspectos dignos de tener en cuenta para los interesados en pertenecer al Consejo de Administración:
  • Los aspirantes al Consejo de Administración deben haber mostrado siempre una conducta impecable y deben caracterizarse por su puntual y estricto cumplimiento de todas las normas del Reglamento.
  • Los aspirantes al Consejo deben estar a paz y salvo por todo concepto con la comunidad, entendiéndose que no pueden estar en mora con sus cuotas de aporte a las expensas comunes, cuotas extras, o cualquier otra obligación decretada por la Asamblea o contemplada en el Reglamento.
  • El Consejo de Administración es el representante de la Asamblea General y el "puente"entre esta y el Administrador, por lo que su principal función es vigilar que se cumplan los preceptos de la misma.
  • Los miembros del Consejo ejercerán su cargo "Ad Honorem" y cumpliendo una función social de servicio a la comunidad, por lo que actuaran siempre en función del bien común.
  • Los miembros del Consejo de Administración no pueden ser parientes del Administrador ni del Revisor Fiscal, ni tener negocios con ninguno de ellos, para garantizar la independencia y autonomía de cada uno de los órganos de dirección y control.
  • En consecuencia, tampoco podrán desempeñar ningún cargo remunerado en la copropiedad simultáneamente con el ejercicio como Consejeros, ni mucho menos como empleados de la administración.
  • Los miembros del Consejo deben actuar siempre en beneficio de la Copropiedad y no pueden aprovecharse de su investidura para reclamar privilegios o para beneficiarse directa o indirectamente de ella.
  • Los miembros del Consejo deben mantener una absoluta imparcialidad en todos sus actos, dando a todos los copropietarios y residentes el mismo tratamiento, sin otorgar a nadie prebendas o privilegios y sin permitir que sus sentimientos, relaciones de amistad, simpatías o desafectos hacia otros miembros de la comunidad interfieran o influencien sus determinaciones.
En pocas palabras, los miembros del Consejo deben tener la Autoridad Moral suficiente para poder representar dignamente a la comunidad de copropietarios que los ha elegido.






Cordial saludo,







      Identifico los problemas y formo parte de la solución. Y        tu?
     CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
     MADERA NATURAL