Compartimos con toda la comunidad Madera Natural las condiciones que hay actualmente establecidas por parte de la administración para el ingreso de trasteos, materiales de construcción y mercancías, y su movilización al interior de la copropiedad. Recordemos que el cumplimiento de éstas es por el beneficio de todos y conservación de nuestro patrimonio.
Feliz día!
CONDICIONES PARA
INGRESO DE TRASTEOS, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, MERCANCIA DE GRAN VOLUMEN, LA
REALIZACIÓN DE TRABAJOS AL INTERIOR DE LA COPROPIEDAD Y DISPOSICIÓN DE RESIDUOS
Con el objetivo de preservar la seguridad, comodidad y el
buen estado la copropiedad, los elementos que la componen y los residentes, el Conjunto Residencial Madera Natural (Madera
Natural P.H) tiene actualmente definidos los siguientes requisitos para
permitir el ingreso de Trasteos, materiales de construcción y mercancías a la
copropiedad y su movilización al interior de la copropiedad. Igualmente para la
realización de trabajos al interior de apartamentos en los que se requieran
materiales de construcción e insumos, y se generen escombros o cualquier clase
de residuos. Los requisitos que se mencionan a continuación aplican tanto para
copropietarios como para arrendatarios u otros residentes, empleados,
contratistas y proveedores de productos y servicios:
1. Sólo se permite el ingreso de trasteos, materiales de construcción y
mercancías de gran volumen en los días y horarios definidos por la copropiedad.
2. Todo trasteo debe ser notificado directamente a la administración por lo
menos con 3 días de anterioridad a la fecha del mismo cumpliendo con el numeral
1.
3. Sólo se permite el ingreso de contratistas y proveedores con autorización
previa del copropietario o residente del apartamento y en los horarios
definidos. Serán los copropietarios y residentes que autorizan el ingreso los
responsables por el comportamiento de las personas externas que ingresen a la
Copropiedad y los daños que éstas pudieran causar.
4. Sólo se permite la realización de trabajos de construcción y reforma en
los apartamentos en los días y horarios definidos para la copropiedad y previo
cumplimiento de los numerales anteriores.
5. Toda llegada de material para construcción o de mercancía de gran volumen
debe ser notificado a personal de Portería por lo menos 2 horas de anticipación
cumpliendo con el numeral 1.
6. Por cualquiera de los conceptos mencionados el copropietario,
arrendatario, contratista o proveedor deberá entregar al vigilante responsable
de la portería un depósito en efectivo por un valor de $100.000 (Cien Mil Pesos
M/L) por cada día que se requiera ingresar trasteos, materiales o mercancías y
movilizarlos en el ascensor destinado para tal fin, con el fin de cubrir de
forma parcial o total cualquier daño ocasionado a la copropiedad o los
elementos que la componen. Personal de vigilancia que recibe el depósito debe
entregar un recibo en constancia del dinero recibido.
7. En los casos de ingreso y movilización de trasteos y mercancías de gran
volumen, el depósito tiene validez por el día en que haya sido elaborado el
comprobante del depósito de acuerdo a los horarios de trabajo definidos para la
copropiedad y podrá ser reembolsado únicamente al portador del recibo y tras
comprobar que no se presentaron afectaciones durante la realización de la
actividad.
8. Para los casos en que se permita el ingreso y movilización de materiales
para la realización de reformas en apartamentos, la copropiedad guardará
temporalmente el depósito inicial de $100.000 (Cien Mil Pesos M/L) durante el
tiempo que el contratista, proveedor, el copropietario o residente realice las
reformas. Lo anterior con el fin de cubrir de forma parcial o total cualquier
daño ocasionado a la copropiedad o a los elementos que la componen durante la
realización de trabajos.
9. En caso de ocasionar daños o afectaciones a la copropiedad o sus
elementos que no puedan ser cubiertos con el dinero dejado en depósito, el copropietario,
residente, contratista o proveedor se compromete a cubrir en un plazo máximo de
3 días calendario cualquier costo adicional requerido para el reemplazo de
elementos o reparación de los daños ocasionados.
10. Todos los residuos resultantes de los
trabajos de remodelación de los apartamentos son responsabilidad de los copropietarios
y residentes, quienes deberán comprobar que la disposición dada a los mismos es
la correcta para que se les pueda devolver el depósito. En caso de que se
compruebe incorrecta disposición de residuos por parte de residentes,
contratistas o proveedores, la copropiedad podrá disponer de los dineros
recibidos en depósito para cubrir de allí los gastos generados por la
separación y disposición final de estos residuos u otros perjuicios
ocasionados.
11. Para movilizar trasteos, materiales y
mercancías se podrán usar las escaleras laterales del edificio o se podrá usar
el ascensor destinado exclusivamente para carga respetando siempre los límites
de peso y volumen permitidos. Dicho ascensor es operado manualmente por
personal de Oficios Varios. Los demás ascensores de los que dispone la
copropiedad son para uso exclusivo de residentes y sus visitantes y por ningún
motivo deberán ser utilizados para otro fin.
12. Cualquier trasteo, material o
mercancía debe ser recibido directamente por el copropietario, residente o la
persona previamente autorizada por éstos, cumpliendo siempre lo estipulado en
los numerales anteriores.
13. En caso de que se compruebe el
incumplimiento a cualquiera de los anteriores requisitos, la copropiedad podrá
retener permanentemente los depósitos recibidos, negar el ingreso a contratistas
y proveedores o entablar las acciones legales a las que haya lugar.